2.2.2.3. Recomendaciones especiales en SD para la práctica de
ejercicio físico:
Guerra et al (1996) presentaron unas recomendaciones de cara a la
práctica deportiva en población con SD, dependiendo en parte de las
patologías que pudiesen existir en esta población. Así, especificaron que se
han de practicar con cautela y precaución, caso de existir un problema o
una patología ya conocidos previamente, en los siguientes casos:
2.2.2.3.1. Micosis:
En todos los deportes y actividad física en general, ya que la población
con SD tiende a presentar más fácilmente infecciones dérmicas. Por tanto,
hay que ir con cautela no sólo en los deportes acuáticos, sino en
cualquiera, pues existe riesgo dentro de las duchas, ya sea en los pies, ya
sea por intercambio fortuito de toallas. También existe riesgo de lesiones
por sudoración que luego serán más susceptibles a contagio micótico.
2.2.2.3.2. Alteraciones visuales
1.- Deportes con pelota: porque no pueden verla bien, o porque la
lancen sin dirigirla correctamente. A veces se utilizan modificaciones,
usando pelotas de mayor tamaño, de colores vivos o de materiales blandos.
No son deportes que estén específicamente prohibidos, pero sí deben ser
practicados con cautela.
2.- Deportes de contacto: conllevan el peligro de golpes y/o contusiones
de forma directa sobre la vista o sobre las gafas (si se utilizan).
3.- Trabajo de fuerza isométrica: el cual está contraindicado en caso de
miopía importante.
2.2.2.3.3. Inestabilidad Atlo-axoidea:
En general, todos aquellos deportes que requieran movimientos bruscos
a nivel de cuello, especialmente todos los deportes prohibidos por Special
Olympics. Como opinión personal, habría que ser cauteloso a la hora de
prohibir y/o permitir ciertos deportes de forma generalizada, sin
individualizar la práctica, dado que muchas veces se les está quitando la
oportunidad de beneficiarse de ciertos aspectos que son mucho más
positivos que el mero hecho de practicar un deporte prohibido. Como
ejemplo, equitación, que en la actualidad se aplica como hipoterapia. Se
conocen los beneficios que puede producir el contacto con animales en
esta población. Muchas veces son personas que tan sólo serán capaces de
relacionarse con el caballo participando de las actividades para su cuidado,
a veces sin siquiera llegar a montarlo. Otras veces sólo serán capaces de
montar al paso, pero ni tan siquiera solos. ¿Puede existir un "alto" riesgo
real? Eso se ha de valorar de forma exclusiva para cada persona, teniendo
en cuenta los diversos factores que rodean esta actividad conjuntamente
con el individuo, y condicionándola a este último.
2.2.2.3.4. HTA:
El trabajo de fuerza isométrica produce una contracción mantenida de la
musculatura que produce un efecto contraproducente sobre la TA.
2.2.2.3.5. Alteraciones del raquis:
Deportes asimétricos, pues se trabaja de una forma desigual respecto a
los lados del cuerpo, produciendo un desarrollo mayor de un grupo
muscular de un lado respecto al lado contrario, creando así un desequilibrio
que puede agravar una desviación ya preexistente, o crear alteraciones de
nueva aparición.
2.2.2.3.6. Alteraciones otorrinolaringológicas (ORL):
Deportes acuáticos, no sólo por las alteraciones propias que el SD puede
presentar, sino por la mayor frecuencia a sufrir trastornos óticos,
especialmente si el tímpano está perforado.
2.2.2.3.7. Alteraciones neurológicas
1.- Deportes acuáticos: por el riesgo que comporta el encontrarse en un
medio no habitual; por tanto, si la alteración neurológica da sintomatología
de una forma brusca, la persona podría sufrir un accidente dentro del agua.
2.- Deportes de Aventura: por las mismas razones que en el medio
acuático, añadiendo además que los deportes de aventura suelen
practicarse en zonas más aisladas y lejanas de zonas habitadas; por tanto,
la llegada de ayuda suele tener dificultades.
3.- Deportes de contacto: por el daño directo que pueden causar sobre la
zona alterada. Además, los golpes pueden ser el gatillo desencadenante de
2-55una crisis epiléptica, una pérdida de conciencia u otras alteraciones
miércoles, 2 de mayo de 2007
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